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Transporte interprovincial privado de pasajeros y obras públicas entre actividades económicas a reiniciar

A partir de mañana entrará en vigencia el Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, la cual autoriza entre otras actividades el reinicio de los servicios de transporte interprovincial privado, así como los servicios ofrecidos por los centros de inspección técnica vehicular.
La misma norma también autoriza el reinicio de los proyectos de inversión pública y privada, las Asociaciones Público-Privadas y proyectos en activos
También entran en la fase 2 la mediana y pequeña minería, así como la minería artesanal, y sus actividades conexas. La elaboración de alimentos preparados para animales, elaboración de bebidas malteadas, de bebidas alcohólicas y tabaco. la fabricación de calzado, actividades de impresión y servicios relacionados, reparación de equipos de transporte, fabricación de instrumentos médicos y su reparamiento.
Se autoriza la venta y mantenimiento de autos, motos y sus partes, así como la venta de equipo deportivo y enseres domésticos.
Se reanudan las actividades jurídicas, de contabilidad, arquitectura, ingeniería, investigación y desarrollo y veterinaria; así como las asesorías relacionadas.
Asimismo regresan los hospedajes, las actividades de seguridad privada e investigación, el alquiler de vehículos y otro tipo de maquinaria.
Además, las actividades de telecomunicaciones, postales y mensajería; servicios vinculados al transporte acuático; de apoyo al deporte: emisión de placas; construcción de carreteras y líneas de ferrocarril; captación, tratamiento y distribución de agua, así como la evacuación de aguas residuales.
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