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Bancos ahora deben reprogramar deudas en un plazo de siete días

Estas son las alternativas que deberán establecer las entidades financieras para los clientes que tengan dificultades para realizar sus pagos debido a la crisis económica.
De acuerdo con la SBS, los bancos deben considerar reducción de tasas, condonación de intereses, postergación de cuotas y mayores plazos para sus clientes.
Las entidades financieras deben atender las solicitudes de reprogramación de deudas en tan solo siete días, según lo establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La SBS también dispuso recientemente, en la Resolución SBS N° 1870-2020, que las entidades financieras deberán proponer más de una alternativa de refinanciamiento de deudas a sus usuarios.
Con esto los bancos tendrán que considerar la reducción de tasas de interés, condonación de intereses, postergación de cuotas y mayores plazos de pago para sus clientes.
De acuerdo con la entidad reguladora, con estas medidas se garantizará el tratamiento a usuarios deudores, ofreciéndoles alternativas de pago acorde a la situación de crisis que ha generado la pandemia.
Como condiciones mínimas, los bancos deben:
– Implementar una adecuada comunicación con sus clientes sobre los procedimientos y plazos para la presentación de su solicitud.
– Recibir y evaluar la solicitud de sus clientes, sin aplicar intereses, moras u otros cargos adicionales durante el proceso de evaluación.
– Implementar alternativas de pago informando adecuadamente al cliente sobre sus características, beneficios y riesgos. -Hacer monitoreo periódico del cliente para tomar acciones en caso presente nuevas dificultades.
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